CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
POR QUE ELEGIR CONCILIA LIMA

Confidencialidad

Rapidez

Entendimiento

¿Qué es la conciliación extrajudicial?
¿Cuáles son los requisitos que debe tener mi solicitud de Conciliación?
1) Fecha.
2) El nombre, denominación o razón social, documento de identidad, domicilio real, correo electrónico, número de teléfono celular y/o fijo u otro medio de comunicación electrónica del solicitante o de los solicitantes.
3) En caso de personas jurídicas, deberá precisarse la razón social de ésta y no el nombre del Gerente o Representante Legal.
4) En los casos de padre o madre menor de edad que sean representantes de sus hijos también menores de edad, en materias de alimentos y régimen de visitas, pueden identificarse con la partida de nacimiento o su documento nacional de identidad.
5) El nombre, domicilio real, correo electrónico, número de teléfono celular y/o fijo u otro medio de comunicación electrónica del apoderado o representante del solicitante o solicitantes, de ser el caso.
6) El nombre, denominación o razón social de la persona o de las personas con las que se desea conciliar y deben estar debidamente consignadas.
7) El domicilio real de la persona o de las personas con las que se desea conciliar.
8) Señalar los hechos que dieron lugar al conflicto, expuestos en forma ordenada y precisa.
9) La pretensión debe ser señalada en orden y claridad, precisando la materia a conciliar.
10) La firma del solicitante; o su huella dactilar si es analfabeto; o su firma electrónica y/o digital en la solicitud en caso de tratarse de un pedido por medios electrónicos u otros de naturaleza similar.
11) El número de teléfono celular y/o fijo, el correo electrónico a través del cual el o los solicitantes de la conciliación ha tenido interacción previa con la persona o personas o representante de la persona jurídica con las que quiere conciliar.
¿Qué anexos debe acompañarse a la solicitud de conciliación?
2) En caso de representación anexar el documento que lo acredita.
3) En el caso de padre o madre menores de edad, cuando se trate de derechos de sus hijos, éstos se identifican con su partida de nacimiento o con su documento oficial de identidad.
4) Documento que contiene el poder para conciliar cuando se actúe por apoderado y el certificado de vigencia de poder para aquellos que se encuentren inscritos o el poder por acta emitida por el secretario general del Centro de Conciliación en las materias conciliables determinadas en la Ley de Conciliación.
5) Copias simples del documento o documentos relacionados con el conflicto.
6) Presentar copias simples de la solicitud, y sus anexos, de acuerdo a la cantidad de invitados a conciliar.
¿Qué debe contener el poder de personas naturales y jurídicas?
En su poder tiene que estar consignadas literalmente las siguientes facultades:
• Poder para conciliar extrajudicialmente
• Disponer del derecho materia de conciliación
• Pudiendo ser el invitado o solicitante en un procedimiento conciliatorio.
Se tiene que adjuntar la VIGENCIA DE PODER (antigüedad no mayor a 1 mes).
PODER DE PERSONAS NATURALES
En su poder tienen que estar consignadas literalmente las siguientes facultades:
• Poder para conciliar extrajudicialmente
• Disponer del derecho materia de conciliación
• Pudiendo ser el invitado o solicitante en un procedimiento conciliatorio.
Además del poder con las facultades antes indicadas, en este caso dado que es para representar a personas naturales deben adjuntar los siguientes documentos:
• Reporte Migratorio – En el caso de personas domiciliadas en el extranjero.
• Certificado Médico – En caso de enfermedad, emitido por Institución de Salud
• Certificado Domiciliario – En caso que domicilien en provincias u otro distrito Conciliatorio.
Se tiene que adjuntar la VIGENCIA DE PODER (antigüedad no mayor a 1 mes).
Por otro lado, en caso de haber sido otorgado con posterioridad a la invitación a conciliar, el poder deberá ser extendido mediante ESCRITURA PÚBLICA y con facultades expresamente otorgadas para conciliar, no requerirá inscripción registral.